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Temas y recomendaciones [102]

ONU
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Art. 41 Respeto a las normas vigentes

Análisis

Table data
Artículo completo (CDN/CRC)
Artículo 41
Nada de lo dispuesto en la presente Convención afectará a las disposiciones que sean más conducentes a la
realización de los derechos del niño y que puedan estar
recogidas en:
a) El derecho de un Estado Parte; o
b) El derecho internacional vigente con respecto a dicho
Estado.
acceso a justicia.

Normas e instrumentos jurídicos

Table data
Tratado internacional 57/1990 CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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Ley 1680 /2001 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
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