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Temas y recomendaciones [93]

ONU
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
Art. 31 Derecho al esparcimiento, juego y actividades culturales

Análisis

Table data
Artículo completo (CDN/CRC)
Artículo 31
1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al
descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
2. Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en
condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
Etiquetas
arte, cultura, descanso, juego, esparcimiento, ocio.

Normas e instrumentos jurídicos

Table data
Tratado internacional 57/1990 CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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Ley 1680 /2001 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
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CRC - Observación General 17/2013 Sobre el derecho del niño al descanso, el espa Más ...
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