ONU
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CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
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Artículo completo (CDN/CRC) | |
Artículo 36 Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar |
Comentarios | |
Informe Dpto de Estado de USA, 2020 Relator ONU Derecho a la Salud, 2016 Comité de Derechos del Niño, 2010 |
Recomendaciones | |
Establecer penas adecuadas para desalentar las violaciones del trabajo infantil (explotación laboral) Defina partidas presupuestarias estratégicas para aquellas situaciones que puedan requerir medidas sociales afirmativas (como violencia contra los niños), y se asegure de que dichas partidas estén protegidas incluso en situaciones de crisis económica, desastres naturales u otras emergencias. |
Comentarios | |
Felicita por Ley Nº 3440/2008, que modifica el Código Penal, sobre penas relativas a la trata con fines de explotación laboral y la extracción de órganos |
Etiquetas | |
criaditas, explotación, trabajo infantil, criadazgo, trata de personas, malos tratos, torturas, crianza, castigo corporal, penas crueles, violencia |
Ley 3440/2008 MODIFICA VARIAS DISPOSICIONES DE LA LEY Nº 1.160/97, CÓDIGO PENAL |
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Ley 1680 /2001 CODIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA |
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Tratado internacional 57/1990 CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO |
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